¿Cómo interponer una tutela para medicamentos o procedimientos médicos en Colombia? (2026)

¿No te autorizan un medicamento o procedimiento?
En Colombia, cuando una EPS niega un medicamento, cirugía o tratamiento ordenado por un médico, puedes acudir a la acción de tutela para proteger tu derecho fundamental a la salud.
La tutela es un mecanismo rápido y efectivo que permite obtener una orden judicial para que la EPS autorice lo que necesitas, incluso en pocos días.
¿Cuándo procede una tutela en salud?
Puedes presentar una tutela cuando:
- La EPS niega un medicamento ordenado por tu médico
- Retrasan una cirugía o procedimiento urgente
- No autorizan tratamientos formulados.
- Existe riesgo para tu vida, integridad o calidad de vida
- Te obligan a asumir costos que no te corresponden
👉 En Colombia, el derecho a la salud es fundamental, según la jurisprudencia constitucional.
¿Se pueden reclamar medicamentos NO incluidos en el plan de beneficios?
Sí.
La Corte Constitucional ha establecido que incluso medicamentos o tratamientos no incluidos deben ser autorizados cuando:
- Son necesarios para la vida o salud del paciente
- No existe un sustituto efectivo
- Han sido ordenados por el médico tratante.
La tutela es un mecanismo otorgado por la Constitución Política, en su artículo 86 y faculta a cualquier persona para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, la protección inmediata de sus derechos fundamentales.
Tal acción está reglada por la ley 2591 de 1991 en donde se consignan sus principios, procedencia, características, entre otros aspectos relevantes.
La acción de tutela es un mecanismo subsidiario, no procederá cuando existan otros medios de defensa judiciales, salvo cuando se busque evitar un perjuicio irremediable.
No aplica para buscar la protección de derechos colectivos (para esto hay otro mecanismo).
El contenido de la acción de tutela puede ser informal, no debe seguir una estructura específica ni decir la norma vulnerada, se deberá expresar con la mayor claridad posible la acción u omisión que causa la vulneración o amenaza del derecho, podrá ser presentada verbalmente en caso de urgencia o cuando quien la desee interponer no sepa leer o escribir.
Por lo general, las acciones de tutela son asignadas al Juzgado dentro de los dos días siguientes a su radicación, posteriormente se da el auto admisorio para finalmente obtener Sentencia dentro de los 10 días hábiles siguientes, pudiendo solicitar medidas provisionales antes de la sentencia cuando se busca evitar un perjuicio irremediable.
No es requisito que sea interpuesta por un abogado, sin embargo, nuestro conocimiento es fundamental para obtener una solución eficaz, precisa y con el alcance que se requiere, teniendo la capacidad para analizar jurisprudencia, argumentos, recaudar pruebas, interponer recursos, entre otros aspectos cruciales de la práctica jurídica.
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